AYUDAS AL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS EN CLM El Ayuntamiento de Villatobas informa de las Ayudas al arrendamiento de viviendas para financiar parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en las mismas a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, en base a la Orden de 23-04-2015 de la Consejería de Fomento (D.O.C.M. nº 88, de 07-05-2015) y dentro del Plan Regional de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016.
BENEFICIARIOS: Todas las personas físicas mayores de edad que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos: - Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda, que deberá tener una duración no inferior a un año y tener una cláusula de prohibición de cesión o subarriendo. - Que la vivienda arrendada, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario. - Que todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, posean la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España. - Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda, no supere la cuantía total de 500 € mensuales ó 600 € mensuales si es familia numerosa. - Tener domicilio fiscal en CLM. - Que los ingresos de los arrendatarios sean superiores a 0,5 veces el IPREM e inferiores al límite máximo de ingresos establecido en el apartado 4 del artículo 6 ó excepcionalmente 3 veces el IPREM. Este requisito no se exigirá a: Mujeres víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo,, personas afectadas por situaciones catastróficas, personas dependientes o con discapacidad reconocida y las familias con dependientes a su cargo, personas con movilidad reducida, personas pertenecientes a familias inmersas en procesos de intervención social, personas sin hogar, procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo, deudores hipotecarios desahuciados en procedimientos de ejecución, e inmersos en procesos de Intervención Social, otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
CUANTÍA Y DURACIÓN DE LA AYUDA: - Ayuda de hasta el 40 % de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 200 € mensuales por vivienda (2.400 € anuales). - Estas ayudas se abonarán mensualmente y se concederán por un plazo de 12 meses prorrogables, a solicitud del interesado y sujetas a disponibilidad presupuestaria, por sucesivos períodos de 12 meses, siempre que se cumplan el resto de condiciones y hasta la finalización de crédito disponible. - La fecha límite para recibir esta ayuda es el 31 de diciembre de 2016.
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 Ayudas al Arrendamiento de Viviendas en CLM
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